"Salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables en los sectores prioritarios", según se desprende del Boletín Oficial de la CAM. |
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La Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 20.5 de la Ley de Presupuestos Generales, no va a contratar durante 2012 personal temporal ni procederá al nombramiento de funcionarios interinos "salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables en los sectores expresamente declarados como prioritarios por la Consejería de Economía y Hacienda".
Así se desprende de la Orden relativa a la gestión de los gastos de personal para este ejercicio publicada este jueves en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en la que se explica que con carácter excepcional y previa autorización de la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos se podrá proceder al nombramiento de funcionarios interinos "para la ejecución de programas de carácter temporal o por exceso o acumulación de tareas".
También excepcionalmente durante el ejercicio 2012 y previa autorización de esta Dirección podrán formalizarse nombramientos de funcionarios interinos y contratos de personal laboral temporal en los términos y con las excepciones establecidas en la Orden del consejero de Economía y Hacienda, Percival Manglano, por la que se establecen los criterios de contratación.
Por otro lado, en el presente ejercicio no se podrán realizar contrataciones o nombramientos para sustitución de liberados sindicales con presencia en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Administración o por acumulación de crédito horario. (ep) |