La Asamblea de Madrid ha aprobado con amplia mayoría la Ley de Instalaciones Aeronáuticas de la Comunidad de Madrid, que supone dotar a la región de los recursos jurídicos y administrativos adecuados para permitir el desarrollo de los aeropuertos y helipuertos que sean competencia de la Comunidad de Madrid, favoreciendo así el crecimiento económico de la región y el del volumen del negocio aeroportuario hasta niveles europeos.
Actualmente en el ámbito europeo, la aviación de negocios supone más de 20.000 millones de euros, aportando al PIB de cada país un 0,2% de media, mientras que España está por debajo de este nivel.
Igualmente, se crea un marco jurídico para el desarrollo de helipuertos adecuados para el crecimiento del negocio de transporte por helicóptero, una línea de negocio muy poco desarrollada en España, con un volumen de facturación de aproximadamente 450 millones de euros anuales en nuestro país, lo que supone una décima parte de la cifra que se genera en países como Gran Bretaña o Francia, y a las que deberíamos aspirar. El transporte por helicóptero es un mercado por desarrollar en la región de Madrid y que puede ser explotado en diferentes líneas de negocio tales como vuelos ejecutivos, turísticos o de trabajos aéreos fotográficos o documentales, entre otros.
Esta nueva norma permite, además, ordenar los helipuertos de servicio público existentes en la región, como los de emergencias sanitarias, seguridad ciudadana o protección civil.
Informe positivo del CES
La ley recibió el informe positivo y por unanimidad del Consejo Económico y Social (CES), que afirma que “el desarrollo de esta competencia es de interés, puesto que dará satisfacción a la demanda existente y potencial, y podrá favorecer el desarrollo económico y social de la región”.
Con esta ley, el Gobierno regional desarrolla una competencia atribuida por el Estatuto de Autonomía cuyo objeto es regular la planificación, autorización, construcción, gestión y régimen de inspección y control de las instalaciones aeronáuticas de su competencia, es decir, que se encuentren dentro del territorio madrileño y no tengan la calificación estatal de interés general.
El Gobierno regional pretende desarrollar las competencias autonómicas en materia de infraestructuras aeroportuarias, ordenar adecuadamente el conjunto de aeropuertos y helipuertos competencia de la Comunidad de Madrid, agilizar la tramitación de las autorizaciones de funcionamiento e impulsar el desarrollo de las actividades de transporte aéreo mediante la dotación de infraestructuras adecuadas y suficientes.
Registro de Instalaciones Aeroportuarias
La Comunidad de Madrid creará un Registro de Instalaciones Aeroportuarias, donde tendrán que inscribirse todos los aeropuertos y helipuertos que obtengan la autorización de funcionamiento por parte de la Consejería de Transportes e Infraestructuras.
La construcción, modificación relevante, apertura al tráfico o cierre de un aeropuerto o helipuerto en la región, requerirá la autorización de la Comunidad de Madrid. La administración autonómica revisará los proyectos constructivos y las propias instalaciones para garantizar que estas infraestructuras cumplen los requisitos técnicos necesarios para su funcionamiento, así como la comprobación de que cuentan con la certificación de compatibilidad de utilización del espacio aéreo, y que cumplen la legislación urbanística y medioambiental.
Plan Director
Las instalaciones aeronáuticas de mayor envergadura contarán con un Plan Director que delimitará su zona de influencia incluyendo un análisis del tráfico aéreo previsto, la localización de las zonas de servicio y las infraestructuras terrestres de acceso a la instalación, así como de las necesidades futuras en todos estos aspectos. El Plan Director delimitará el ámbito territorial que pueda verse afectado por las servidumbres aeronáuticas. Estos planes, que incluirán un análisis de repercusión económica en la zona, se revisarán siempre que haya que incluir modificaciones y deberán actualizarse al menos cada ocho años.
La Comunidad de Madrid ejercerá las labores de inspección de las infraestructuras aeroportuarias de su competencia con la finalidad de garantizar su buen funcionamiento y que se cumplan los requisitos establecidos en las autorizaciones y planes directores. La futura norma establece también un régimen sancionador para el caso de infracciones. |